El Concejo de la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT) aprobó la integración de prestadores de servicios de agua potable y saneamiento del distrito de Alto Trujillo, al ámbito de responsabilidad de la empresa prestadora de servicios de saneamiento (EPS Sedalib), autorizando al alcalde Mario Reyna Rodríguez a suscribir la adenda al contrato de explotación con Trujillo, Ascope y Chepén.
La aprobación, por unanimidad, fue en sesión ordinaria, en vías de regularización debido a que los servicios de varios barrios de este distrito son administrados por la empresa hace casi diez años, explicó Roger Rodríguez Rojas gerente general (e) de Sedalib.
Los barrios que cuentan con redes son: 1, 1A, 2, 2A, 2B, 3, 3A, 3B, 3B1, 4, 5, 5A, 6, 6A y 7, teniendo una población beneficiada de 82 mil 825 habitantes. Sin embargo, hay más barrios y sectores como Armando Villanueva que aún no cuentan con redes de agua y alcantarillado, lo que representa unos 32 mil habitantes.
El alcalde Mario Reyna señaló que la formalización servirá para facilitar diversas gestiones que se tengan que realizar, tanto por parte de la población en general como de la empresa a cargo de los servicios.
Alto Trujillo es distrito desde diciembre del 2022 y el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS), del Ministerio de Vivienda, cursó un documento precisando que la integración de prestadores requiere del Acuerdo de Concejo y del Acuerdo de la Junta General de Accionistas de Sedalib para su formalización mediante suscripción de un contrato de explotación o adenda.
El 14 de marzo de 2008, se había suscrito el contrato de explotación entre las municipalidades provinciales de Trujillo, Ascope y Chepén con Sedalib, en dicho contrato, el numeral 3.1 de la cláusula tercera delimita el ámbito de explotación o responsabilidad de la empresa en la jurisdicción de las citadas municipalidades provinciales accionistas, sin incluir al distrito de Alto Trujillo.
Correspondía, entonces, regularizar el contrato de explotación, a través de la integración de prestadores, considerando la 27° disposición complementaria final del Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo N.° 1280.
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